El Tribunal Constitucional ha dado a conocer los motivos y argumentos de la sentencia por los que declaran inconstitucional el artículo 1 de la Ley 28/10. En definitiva, las razones por las que la ley abolicionista de la Generalitat queda sin efecto y las corridas de toros vuelven a se legales en Catalunya.
Según el Alto Tribunal, el Parlament incurrió en un “exceso en el ejercicio de las competencias autonómicas que invade o menoscaba las que el art. 149.2 CE otorga al Estado”. También señala que dicha ley “menoscaba las competencias estatales en materia de cultura, en cuanto que afecta a una manifestación común e impide en Cataluña el ejercicio de la competencia estatal dirigida a conservar esa tradición cultural (…)“.
Para el Tribunal, “la Tauromaquia tiene una indudable presencia en la realidad social de nuestro país”. Y añade que la Generalitat ha “menoscabado” la competencia del Estado para la “preservación del patrimonio cultural común”, condición que las corridas de toros tienen atribuida por ley.
En el siguiente enlace se puede leer la nota informativa completa de la sentencia emitida por el Tribunal Constitucional:
⇒Clica aquí para leer el texto íntegro del Tribunal Constitucional⇐